Investigación

Ayudas a la I+D+i

Convocatoria RETOS COLABORACIÓN con Empresas 2019

Cerrada

Públicas

Número de referencia
2019-12
Entidad convocante
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Plazo de presentación
Hasta el 24 de octubre

1.OBJETIVO

Financiar proyectos de desarrollo experimental en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

El presupuesto mínimo del proyecto será de 500.000 €. Al menos los centros de investigación deben tener un 10% del total del presupuesto.

El proyecto deberá contar con una empresa, como mínimo, que lidere el Consorcio y con la participación de un mínimo de dos entidades, siendo obligatoriamente una de ellas un organismo de investigación público o privado, entendiéndose por tales los expresados en el apartado "Beneficiario" desde a) a g).

2. TIPO Y  CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN

Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención para los Centros de Investigación y de préstamo para las Empresas.

El presupuesto financiable por empresa y proyecto se limitará a un máximo de 15 millones de €.

3. GASTOS FINANCIABLES

Con carácter general:

Coste de personal. Gastos de personal de investigadores, técnicos y personal auxiliar dedicado al proyecto, tanto de personal propio de la entidad como de nuevas contrataciones.

Aparatos y Equipos.

Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares directamente derivados de la realización del proyecto.

Subcontratación.

Otros costes directos.

Podrán ser objeto de ayuda los costes indirectos asociados a los costes del personal asignado al proyecto.

Los proyectos deberán ser plurianuales y comenzar su ejecución a lo largo del año 2020. Se deberá, por tanto, solicitar ayuda para ese año. La finalización de los proyectos deberá producirse, como mínimo, el 31 de diciembre de 2021 y, como máximo, el 31 de diciembre de 2023.

NOTAS:

* Teniendo en cuenta que la resolución se prevé para Julio 2020, es recomendable no incluir gastos hasta el último trimestre de 2020. Igualmente, es recomendable no incluir costes de nueva contratación de personal hasta principios de 2021.

* En base a los posibles escenarios de riesgo relacionados con el incumplimiento de algún socio del consorcio, se desaconseja la participación en consorcios cuyas entidades presenten dudas en cuanto a su solvencia o capacidad económica de realización del proyecto.

* Ante la no obligación de suscripción de Acuerdo de Consorcio en esta convocatoria, el IIS La Fe establece que será OBLIGATORIA la firma de un Acuerdo de Consorcio para aquellos proyectos que resulten aprobados. Este acuerdo deberá firmarse durante la fase de presentación de la solicitud (recomendable), o en todo caso, una vez conocido el resultado favorable de la evaluación y antes de la aceptación por parte del IIS La Fe de la ayuda.

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